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La Guardia Civil de Alicante celebra el 35º aniversario de la creación de la especialidad de Intervención de Armas y Explosivos

La Guardia Civil de Alicante celebra el 35º aniversario de la creación de la especialidad de Intervención de Armas y Explosivos

La Guardia Civil celebra este mes de julio el nacimiento de una de las especialidades que más identifica al Instituto Armado. En la provincia de Alicante, son diez las Intervenciones las que llevan a cabo estas funciones tan específicas.

Las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil cumplen 35 años desde su creación. La atribución a la Guardia Civil de la competencia para el control de armas fue casi inmediata desde su creación. Ya en la Cartilla del Guardia Civil, aprobada por la Reina Isabel II en Real Orden de 20 de diciembre de 1845, establecía que “Vigilará el Guardia Civil que nadie ande con armas por los caminos, despoblados ni otra parte alguna, sin la correspondiente licencia para usarlas”.

La sensibilidad de la materia, y las constantes transformaciones administrativas, económicas y técnicas que se han producido, han dado lugar a una serie de adaptaciones para el mejor desarrollo de este servicio por parte de la Guardia Civil, fruto de las cuales se creó en julio de 1986 la especialidad de Intervención de Armas y Explosivos. El marco legal que regula las funciones del Instituto Armado en este ámbito se recoge en diversa normativa: la Constitución Española; la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana; el Real Decreto 137/93, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas; el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos; y el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, entre otros. Para el cumplimiento de su misión, la unidad de Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil tienen como cometidos principales el de determinar si procede conceder autorización, valorando las circunstancias concurrentes en cada caso, para el desarrollo de las actividades de fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, distribución, adquisición, certificación, enajenación, tenencia o utilización de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos; y el de controlar e inspeccionar las actividades anteriormente relacionadas y su desempeño de conformidad a la normativa vigente, así como detectar aquellas que se realicen sin autorización alguna.

Así, las distintas unidades de la especialidad intervienen en los procesos de fabricación y reparación de las armas, sus imitaciones y réplicas, y de sus piezas fundamentales; controlan la circulación, el almacenamiento, el comercio, la adquisición, la enajenación, la tenencia y uso de las armas reglamentarias; se ocupan de prevenir, impedir y combatir el tráfico ilícito de armas y explosivos; controlan todas las actividades relacionadas con los explosivos, la cartuchería y la pirotecnia; y denuncian de oficio cualquier acción que ponga en peligro la seguridad ciudadana.

Con la organización jerárquica y geográfica de las unidades dependientes, se pretende dar respuesta a los siguientes servicios:
– La atención próxima mediante una red de Intervenciones de Armas y Explosivos distribuidas por toda la geografía nacional.
– La tramitación de solicitudes de licencias de armas y autorizaciones relacionadas con las materias reglamentadas, para la resolución que corresponda por la Autoridad competente, así como informar de los requisitos necesarios en cada caso.
– La realización de las revistas de las armas de fuego propiedad de los particulares.
– La recepción y posterior notificación de las resoluciones que se dicten a las consultas, quejas, sugerencias y recursos administrativos que formulen los ciudadanos sobre esta materia.
– La atención a particulares, asociaciones y entidades públicas y privadas, sobre cuestiones que afectan a sus intereses, cuando estos se basen en la fabricación, comercio, uso o demás actividades relativas a las armas y las demás materias reglamentadas, velando siempre por la preservación de la seguridad ciudadana.
– El control de la fabricación, importación, exportación, depósito, comercio y transferencia de armas y de las demás materias reglamentadas, así como de las armerías e instalaciones destinadas al ejercicio de tiro deportivo por las federaciones de tiro.
– La prevención de situaciones de peligro para la seguridad ciudadana, mediante
la inspección de actividades comerciales, obras públicas, explotaciones industriales, eventos, etc., donde se utilicen armas de fuego, explosivos y artificios pirotécnicos.
En la provincia de Alicante cobran mayor protagonismo las funciones relacionadas con la pirotecnia.

En Alicante existen diez Intervenciones de Armas y Explosivos distribuidas por diferentes localidades, para abarcar la totalidad del territorio. La provincia de Alicante no cuenta con ninguna fábrica de armas de fuego. No hay por tanto proceso de fabricación como tal, pero sí existen trece talleres dedicados a la reparación. El control sobre estos establecimientos, se ejerce a través de las inspecciones que las Intervenciones de Armas de Compañía y de Comandancia realizan periódicamente.


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