El Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Ibi, Miguel A. Agüera y la Teniente de Alcalde del Área de Hacienda, Felicidad Peñalver, han dado a conocer en rueda de prensa la sentencia favorable al equipo de gobierno resuelta por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Alicante.
La sentencia hace referencia a un procedimiento interpuesto por la mercantil Grupo Generala, S.L contra el Ayuntamiento de Ibi en contra del acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se aprobó el Proyecto de Urbanización del sector del Alamí de Ibi, sobre la retasación de las cargas derivadas del coste de urbanización de dicha zona.
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La empresa constructora alegaba un incremento de los costes de urbanización derivados de la retasación de cargas implícita en el Proyecto de Urbanización e impuestas por Iberdrola Distibución Eléctrica SAU y l´Entitat de Sanejament d´Aigües para el saneamiento y depuración de aguas residuales generadas en el sector.
En su caso, el Ayuntamiento de Ibi alegó inadmisible el contrato, oponiéndose a las pretensiones de la empresa constructora, reiterando la decisión pactada en Junta de Gobierno y rechazando la retasación de cargas apoyándose en la aprobación de un programa anterior en el que se reflejaban los presupuestos previstos y donde no se contemplaba una modificación del presupuesto presentado por una retasación posterior de los costes.
Dicho incremento en los cargos de urbanización de la zona, aumentaba el coste total del área alrededor de 4 millones de euros, teniendo que ser asumido por los vecinos y propietarios de l´Alamí.
Finalmente, el equipo de gobierno ha tenido noticia de que el citado recurso ha sido desestimado y han pasado a imponerse los costes a la empresa constructora, Grupo Generala S.L.
Por otro lado, en respuesta a las declaraciones de algunos propietarios, el Primer Teniente de Alcalde declaraba que el aval del 7% de la obra fue presentado por la empresa antes de firmar el convenio tres años atrás.
Haciendo referencia a la cuestión del registro de propiedad de la zona a urbanizar, Miguel A. Agüera apuntaba que dicha actuación no depende del consistorio sino del Registro de Propiedad, actualmente ubicado en Jijona pero que, en breve, pasará a ubicarse en Ibi, en beneficio de todos los ibenses. De manera que, estimamos que en dos o tres meses, tras efectuarse el traslado a las instalaciones de la localidad, se procederá al registro de propiedad de la zona de la urbanización de l´Alamí.
El edil manifestaba el orgullo del equipo de gobierno y el suyo propio tras el conocimiento de esta sentencia, de nuevo favorable en lo que a temas urbanísticos se refiere y que demuestra, una vez más, la legalidad con la que actuamos, velando siempre por los intereses de todos los ciudadanos de Ibi.
Señalaba que en esta cuestión ha habido muchos intereses políticos, sin embargo, esta sentencia demuestra que el Ayuntamiento ha apostado por los propietarios, a favor de ellos e impidiendo que la empresa constructora sobrecargara el precio de las obras, consiguiendo un ahorro para los propietarios de cerca de 4 millones de euros.
Al mismo tiempo que apuntaba que la urbanización de la zona del Alamí es un asunto que favorece y beneficia a todos los ciudadanos ibenses tanto como a los propietarios, debido a que será una zona que contará con unas excelentes calidades y que albergará la segunda zona deportiva de la localidad, con una extensión de 80.000 m2 y que contará, entre otras cosas, con un pabellón multifuncional con capacidad para unas 4.000 personas, para uso y disfrute de todos los ibenses al mismo tiempo que supondrá un gran atractivo para la localidad.
Remitido por:
Gerència de Comunicació i Imatge Institucional
Ajuntament d´Ibi


