«Los juzgados de Villena arrastran desde hace varios años un déficit de personal, situación agravada por el incremento de procedimientos civiles y penales que se produce año tras año. La entrada en vigor de la Ley reguladora de Juicios Rápidos, Ley de protección integral de violencia de género, Ley de Enjuiciamiento Civil, etc., precisan de mayor personal especializado». Este era parte del comunicado que emitió en su día el colectivo de Abogados y Procuradores.
Con motivo de la visita a Ibi del Conseller de Justicia, Miguel Peralta, le preguntamos sobre la masificación y el déficit de personal que actualmente hay en los Juzagados de Villena, Peralta, respondió que desde la Consellería se está haciendo todo el trabajo que se demanda y que la responsabilidad de que no se construyan más edificios viene de el Ministerio de Justicia.
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Recordando el comunicado que emitieron el pasado año el colectivo decía entre otras cosa que «el número de funcionarios no sólo no ha sido incrementado, sino que el personal asignado proviene de la bolsa de trabajo, con escasa o nula preparación para tramitar. Mientras que en otros juzgados hay cuatro funcionarios por Juzgado civil o penal, en Villena tenemos asignados dos o tres, estando por tanto las plazas sin cubrir (incluyéndose bajas por enfermedad, vacaciones o permisos, por lo que en algún caso hay juzgados que han tenido que cerrarse por falta de personal).
En noviembre del año 2005, la Inspección del Consejo General del Poder Judicial, tras visita realizada a los juzgados de Villena, entre otros, concluyó:
Que había retrasos de muchísimos años en la tramitación de juicios.
Que hacía falta personal.
Que para sacar el volumen de trabajo existente se precisaba más personal especializado. En este sentido, es necesario resaltar que por parte de Jueces y Secretarios Judiciales se ha reclamado más personal, petición que no ha sido atendida bajo el argumento de no tener presupuesto.
Actualmente, el Decanato está cerrado. El único funcionario asignado está de vacaciones. Esta situación se repite cuando el funcionario está enfermo o disfruta de días por asuntos propios, puesto que las vacantes nunca se cubren con los graves perjuicios que supone no repartir los asuntos, ya que si no se reparte no se inicia la tramitación del proceso».


