COCEMFE Alicante (Confederación Española de Personas con Discapacidad Física de Alicante), ante este incumplimiento por parte de la administración y ante la constante demanda de sus Asociaciones federadas, tomó por consenso en uno de sus Consejos Provinciales, emprender una serie de acciones alternativas, que no tienen otro fin que el cumplimiento y aplicación de la Ley, como la recogida de 34.000 firmas, realización de una manifestación de 4.000 personas ante la Generalitat Valenciana y ahora a través de los responsables y la propia Comisión de Dependencia de esta entidad, se han mantenido contactos, con un Gabinete Jurídico ajeno a la entidad, concretamente infogest24h, a través de David Gandia, pionero en la Provincia de Alicante en la interposición de un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo contra la administración.
Esto ha traído consigo, que el pasado 7 de febrero y mediante un consejo provincial, fuera presentado ante los representantes de las 37 asociaciones federadas y sus técnicos, una representación jurídica de dicho gabinete, para exponer, las acciones legales que se pueden emprender ante este incumplimiento, recibiendo al final de su exposición innumerables preguntas por parte de los asistentes, que dieron a conocer la impotencia padecida por este colectivo tan vulnerable, al no saber que paso dar cuando la administración actúa, como actúa.
Las situaciones que podemos distinguir a grandes rasgos dentro del Procedimiento para el Reconocimiento de la Dependencia, son:
1. El de aquellas personas que habiendo solicitado su valoración, no han sido evaluados y por lo tanto, tampoco se les ha elaborado el PIA
2. Aquellas personas que habiendo sido evaluados, y habiéndoseles elaborado el correspondiente PIA, no perciben todavía las prestaciones por falta de la Resolución Administrativa.
Por ello y a grandes rasgos, destacaron que una vez incumplidos los plazos por parte de la administración y agotados los correspondientes recursos administrativos en ambos casos, solo cabe acudir a los Tribunales de Justicia, siendo en este caso la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la establecida como competente y por lo tanto es la más adecuada para llevar a cabo el correspondiente recurso contencioso-administrativo.
No obstante y por la consiguiente saturación con la que cuentan estos Juzgados puede darse un grave retraso, actualmente en Alicante, las citaciones para las vistas podrían demorarse hasta 2 a 3 años, situación insostenible para las personas dependiente. Por ello este gabinete jurídico abre otra posibilidad: la Jurisdicción Social, a la que en Cataluña ya se están derivando casos a instancias de la administración en caso de desacuerdo entre esta y el interesado y una vez resuelta la petición.
Decir que en esta Jurisdicción de lo social ya hay antecedentes que podrían avalar el recurrir a estos tribunales, ya que resuelve recursos contra declaraciones de Grado e Incapacidad, y por este motivo es conocedora del procedimiento.
De todos modos, este es un camino laborioso que de un modo u otro se ha de recorrer si queremos que este derecho, que se nos ha otorgado de una forma subjetiva, se cumpla.


