Actualitat de l´Alt Vinalopó, el Vinalopó Mitjà, l´Alcoià, El Comtat i l´Alacantí
Comunitat Valenciana

UGT exige medidas que garanticen la conciliación de la vida familiar y profesional de los docentes

La Federación de Trabajadores de la Enseñanza de la UGT del País Valenciano (FETE-UGT PV) apoya la propuesta del profesorado provisional, que todavía no tiene destino definitivo, más de 1.580 docentes, que, como consecuencia de su situación y pese a ser funcionarios docentes de carrera, solicitan poder participar en el procedimiento de comisiones de servicio y tener derecho a obtener un puesto de trabajo anual en un destino que le permita conciliar su vida profesional con su vida personal y familiar. FETE-UGT PV también considera que este derecho se debería ampliar también al profesorado que se encuentra en fase de prácticas. Y, por ello mismo, por servir como medida para facilitar la conciliación de la vida familiar y profesional de los docentes o para facilitar el cambio de puesto de trabajo por razones de salud laboral, no se debe penalizar a los docentes que las utilicen, restándole puntuación en el concurso de traslados.

Así lo va a pedir FETE-UGT PV en la reunión técnica de la Mesa Sectorial de Educación que se celebra hoy, 11 de marzo de 2015, y en la que se va a analizar las resoluciones que regularán los requisitos, causas y procedimiento para que los docentes de los centros públicos dependientes de la Generalitat puedan solicitar para el curso próximo un puesto de trabajo distinto del que tienen asignado, mediante una “comisión de servicio”.

Como dicen estas normas, las comisiones de servicio se autorizan por diversas causas y sirven fundamentalmente para el cambio o adaptación del puesto de trabajo del docente que lo precisa por motivos relacionados con la prevención de riesgos y la salud laboral. También justificarían una comisión de servicios con cambio de destino del profesorado, motivos de enfermedad propia, a fin de facilitarle su tratamiento y recuperación, o motivos derivados de la conciliación de la vida familiar y profesional.

Hasta la fecha y mientras que el sistema ordinario de movilidad voluntaria del profesorado esté bloqueado y no salgan plazas vacantes al concurso de traslados, el sistema de las comisiones de servicio se ha mostrado como un instrumento útil para hacer realidad la conciliación familiar y laboral de los docentes y para cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que exige la adaptación o el cambio de puesto de trabajo, cuando sea necesario para evitar que el trabajador pierda su salud.

Sin embargo, este instrumento tiene un grave vicio en su origen –el ser un procedimiento discrecional y graciable–, y mal utilizado sirve para que la Administración educativa “premie a los buenos y castigue a los malos”. Precisamente, por ello, por su carácter graciable y discrecional, que dificulta su control público y sindical, y su justificación, la mayoría de las comisiones de servicio que se han concedido en los últimos cursos están vinculadas a los contratos-programa de aquellos centros educativos se han comprometido a desarrollarlos. De esta forma, la Administración educativa “paga la fidelidad del docente” que previamente ha sido seleccionado, por su afinidad, tanto por aquélla como por la dirección del centro, y, además, no necesita poner un recurso adicional en el centro.
El número de comisiones de servicio (cambios de puesto de trabajo docente por un curso) concedidas en los últimos cursos, se resumen en este cuadro:

Curso Cuerpo Maestros Secundaria y Otros Cuerpos TOTAL
2009/10 1.621 2.543 4.164
2010/11 1.286 1.392 2.678
2011/12 1.404 1.855 3.259
2012/13 (p) 1.158 1.456 2.614
2013/14 (p) 1.117 1.709 2.826
2014/15 1.388 2.018 3.406

Frente a ellos, el volumen de puestos de trabajo nuevos que se va a ofertar en el concurso de traslados en marcha para el próximo curso (2015-2016) en todo el País Valenciano asciende, según anuncia la Conselleria de Educación, a 2.141 plazas vacantes, puestos de trabajo docente nuevos en Colegios, Institutos y otros centros docentes dependientes de la Generalitat Valenciana, de los cuales 1.686 pertenecen al Cuerpo de Maestros y las restantes 455 al resto de cuerpos docentes. Así, con estas vacantes, se permitirá atender sólo al 24% de las peticiones de cambio de puesto de trabajo, repartidas muy irregularmente: el 49% de las peticiones del Cuerpo de Maestros y tan sólo el 8% de las peticiones del resto de cuerpos docentes.

Desde FETE-UGT PV denunciamos el escasísimo número de vacantes que se van a ofertar al profesorado de los diferentes cuerpos docentes distintos del de maestros (315 Cuerpo de Profesores de E. Secundaria, 61 Cuerpo de Profesores técnicos de FP, 24 Cuerpo Profesores de EOI, 15 Cuerpo de Profesores de Conservatorios de Música y 40 para el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño), cuando los participantes que realizan peticiones de cambio de puesto de trabajo en estos cuerpos docentes, a través del procedimiento de concurso de traslados, son más de 5.000 profesores/as (5.472).

Por otra parte y teniendo en cuenta el volumen de comisiones de servicio que anualmente se conceden (ver tabla superior), que son aproximadamente la mitad de las que se solicitan (casi 7.000), y si las comparamos con el volumen de puestos de trabajo nuevos (vacantes) que se van a ofertar en el próximo concurso de traslados, actualmente en marcha, para ser ocupados a 1 de septiembre de 2015, y el número de solicitudes presentadas al concurso (más de 9.000), vemos claramente como este procedimiento de comisiones de servicio, aunque imperfecto, sirve de manera útil y eficaz (dadas las carencias lógicamente del procedimiento ordinario, el concurso de traslados) para garantizar la movilidad del profesorado y sus derechos de conciliación y protección de su salud laboral.

Es por ello, que, finalmente también, FETE-UGT PV exigirá en la Mesa Sectorial de Educación de hoy que no se penalice en la puntuación del concurso de traslados al profesorado que haya disfrutado de una comisión de servicios y que se permita, como en el resto de Comunidades Autónomas que el profesorado provisional y en prácticas, sin destino definitivo, pueda también participar en este tipo de procedimiento de provisión de puestos de trabajo docente, todo ello en defensa y para garantizar el derecho a la movilidad, a la protección de su salud en el trabajo y a la conciliación laboral de estos colectivos de trabajadores de la enseñanza.


199