El Impuesto de Sociedades es un impuesto que grava los beneficios de las entidades jurídicas, es decir, no sólo a las empresas de todo tipo, sino también a Asociaciones y Fundaciones.
En este sentido, el Art. 7 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, habla de los sujetos pasivos de este impuesto, es decir, a quienes les afecta, en estos términos:
«Artículo 7. Sujetos pasivos.
1. Serán sujetos pasivos del impuesto cuando tengan su residencia en territorio español:
a. Las personas jurídicas, excepto las sociedades civiles.
b. ………»
Al ser Asociaciones y Fundaciones personas jurídicas, queda claro que se ven afectadas por el Impuesto de Sociedades
¿CÓMO AFECTA EL IMPUESTO DE SOCIEDADES A LA ENTIDAD?
El Impuesto de Sociedades puede afectar a la entidad de cuatro maneras:
1ª.- Obliga a presentar la declaración a todas las entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y a las entidades sin fines lucrativos que, no acogidas a dicha Ley superen los límites que se establecen en el Art.136.3 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, en el que se exime de la obligación de presentar declaración del Impuesto de Sociedades, a las Asociaciones y Fundaciones a las que no les sea de aplicación el régimen fiscal especial , como por ejemplo, todas las Asociaciones que no tengan la condición de entidades de Utilidad Pública y no trabajen en Cooperación para el Desarrollo, siempre que cumplan los requisitos.
En esta edición hablamos con Amado Navalón nos ofrece los detalles.


