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Villena

Comité Comarcal del Alto y Medio Vinalopó de UPyD, Alicante. A/A de la Alcaldía y Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la ciudad de Villena

Expone:
Durante el mes de mayo del presente año, Villena vivió otro episodio mas, de la guerra del agua entre partidos y comunidades autónomas, en este caso con Castilla la Mancha, por la intención de la empresa Danone de instalar una embotelladora de agua en nuestro termino municipal.
Es histórico de las industrias que necesitando agua, como parte de la materia prima para su actividad industrial, llaman a nuestras puertas en primera instancia, al estar la mayoría de los acuíferos de la zona en nuestro termino municipal, y acabando por poner estas industrias a escasos metros de nuestro municipio, por encontrarnos en una Comunidad Autónoma declarada deficitaria en agua, aunque sacando y sobre explotando los mismos acuíferos, que mayoritariamente se encuentra en nuestro término, sirva a modo de ejemplo la fábrica de cristal y embotelladora de agua instaladas en Caudete.
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También queda constatado la sobre explotación en la que se encuentran los acuíferos del Vinalopó, con la aprobación en el pleno municipal por unanimidad, el pasado 27-11-08 la moción presentada por el PSOE, en apoyo de la construcción de una planta desalinizadora en la vecina población de Mutxamiel.
No deja de resultar por lo menos curioso, que un ayuntamiento tenga que pedir realización de obras y estructuras para otro ayuntamiento ajeno y distante, cuando este no parece tener la misma prisa e interés.
El Título VIII de la Constitución “De la Organización Territorial del Estado” se abre con un Capítulo primero donde se contemplan los “principios generales”.

De entre ellos brillan con luz propia el principio de solidaridad que recoge el artículo 138.1 en los siguientes términos: “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad” y el principio de igualdad de derechos y deberes del artículo 139.1: “Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado”.

Ambos principios son fiel reflejo del artículo 1.1 de nuestra Norma Fundamental en el que se consagra como valor superior del ordenamiento jurídico la igualdad.

A mayor abundamiento, para cerrar la regulación que sobre la materia aparece en nuestra Norma Jurídica Superior, el artículo 149.1.1ª es muy claro al señalar que es competencia exclusiva del Estado, en un Estado social y democrático de Derecho no podría ser de otra forma, “la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos”.

Sin embargo, y a pesar de la claridad con que la Constitución regula el principio de igualdad y solidaridad en lo que afecta a la organización territorial del Estado, o en lo que comúnmente se llama la España de las Autonomías, en estos últimos años estamos asistiendo a unas manifiestas y palpables disfuncionalidades del Estado de las Autonomías que están produciendo tensiones innecesarias y nada deseables entre diferentes Comunidades Autónomas y pueblos vecinos en materias, como la que ahora nos ocupa: la regulación, ordenación y explotación de los recursos y aprovechamientos hidráulicos.

En el momento presente se constata una denominada batalla por el agua como por los casos antes descritos.

Por todo ello y tratando de abordar el problema en su raíz y no de una forma puntual y provisional, se propone que sea el Estado el que legisle, ordene, conceda y explote los recursos hídricos de toda España, para que sea el Estado el que, según contempla el artículo 9.2 de la Constitución promueva las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; y remueva los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.

El agua es un recurso esencial que no puede quedar al arbitrio parcial y unilateral de las Comunidades Autónomas y mucho menos politizar una cuestión que simplemente es un recurso esencial que debe asumir el Estado según el artículo 128.2 de nuestra Constitución, pues es el Estado el único que puede hacer valer el interés general, la igualdad y la solidaridad de todos los españoles ante una cuestión tan delicada como la presente, que precisa, ante todo de eficacia y solidaridad frente a la problemática de un bien tan escaso y necesario como el agua potable de los españoles.

Por todo ello, el Comité Electoral Local del Alto y Medio Vinalopó de Unión, Progreso y Democracia presenta y solicita que en el próximo pleno a celebrar en el mes de diciembre del 2008, debata, apruebe, y solicite de los distintos grupos políticos del Congreso de Diputados el apoyo de la siguiente, Proposición no de Ley, presentada el 8 de Mayo de 2008, por Rosa Diez González Portavoz del Grupo Mixto en el Congreso y Diputada de Unión Progreso y Democracia.

PROPOSICIÓN NO DE LEY:

“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar en el más breve plazo posible un proyecto de ley orgánica que contemple lo siguiente:

1. Que ante la batalla del agua existente hoy entre las diversas Comunidades Autónomas y el perjuicio pasado y futuro que sufre y puede sufrir los ciudadanos de Villena, y para superar las gravísimas disfuncionalidades que el actual marco de competencias sobre recursos y aprovechamientos hidráulicos está generando, sea el Gobierno el que asuma con exclusividad dichas competencias, pues es el Estado el único capaz de velar por el interés general, la solidaridad y la imprescindible y necesaria igualdad entre todos los españoles en un recurso esencial tan necesario como el agua potable de los españoles.

2. Todo ello en virtud del artículo 138.1 de la Constitución que dice expresamente que corresponde al Estado garantizar la realización, no cualquiera, sino efectiva, del principio de solidaridad”.

Diego Navarro Cuesta
Responsable de Organización de UPyD de las
Comarcas del Alto y Medio Vinalopó.


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