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Banyeres

APROBACIÓN CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS

El Ayuntamiento de Banyeres, ha enviado escritos a la Confederación Hidrográfica del Júcar, al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, y a la Directora General de Patrimonio Cultural, comunicando que el pleno del ayuntamiento del 30 de junio pasado, aprobó inicialmente la modificación puntual nº 7 de las Normas Subsidiarias, que incluye el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, acompañando una certificación de dicho acuerdo.

En los escritos se relacionan 44 elementos hidráulicos e industriales que se contemplan en el catálogo, como molinos, azudes, acequias y balsas, entre los que se encuentran algunos elementos clasificados como Bienes de Relevancia Local (BRL), que están amenazados por el proyecto del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, denominado “Mejora de la conectividad longitudinal del tramo alto del río Vinalopó”, como es el caso del azud del Molí l’Ombria y el azud del Camp de l’Or.

Una vez aprobado el catálogo por el plenario, procede su publicación, y la consiguiente exposición pública.

Desde el momento de la información pública del catálogo, los bienes calificados de relevancia local gozan de la aplicación inmediata de las medidas de protección y fomento previstas por la Ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano.

Sin embargo, un reciente Decreto del Consell, ha motivado que tengamos que modificar las fichas correspondientes a los Bienes de Relevancia Local (BRL) para adaptarlas a esta nueva normativa, lo cual retrasará la exposición pública hasta el mes de Septiembre.

Esta circunstancia podría suponer una desprotección de nuestro patrimonio durante el período de modificación de estas fichas de los BRL, máxime teniendo en cuenta que la capacidad de respuesta en este período estival es más reducida.

Ante esto, y tras consultar con diferentes expertos, hemos decidido remitir los escritos a los organismos indicados anteriormente, ya que el artículo 47.5 de la mencionada Ley del Patrimonio Cultural Valenciano determina que la protección de los BRL no sólo se inicia desde la publicación del catálogo, sino que gozan de protección desde el momento en que se anuncia la próxima información pública del catálogo, lo cual comporta la prohibición absoluta de demolición según se regula en el artículo 20 de la referida Ley.

El propósito del equipo de gobierno es hilar fino, sin dejar cabos sueltos que puedan suponer la destrucción de elementos centenarios de nuestro patrimonio, ya una vez comunicada la aprobación inicial del catálogo, cualquier resolución que dictaminaran estos organismos en contra de los BRL, como su demolición, podría ser considerada como delito de prevaricación.

Ramón Albero Belda
Concejal de Patrimonio y
Portavoz del Equipo de Gobierno del
Ayuntamiento de Banyeres de Mariola


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