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Villena

El Pasaje Candel, Proyecto de estatuto del empleado público y actuación en acequias

El Pasaje Candel

Temas de interés los que se van a presentar en forma de moción por parte del Partido Popular de Villena en el Ayuntamiento de esta localidad.

Una de ellas, concreatamente la del Pasaje Candel, es presentada conjuntamente con el grupo político Iniciativa Independiente.

Texto de los documentos:

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MOCIÓN

Que elevan los GRUPOS MUNICIPALES DEL PARTIDO POPULAR E INICIATIVA INDEPENDIENTE al amparo del art. 91.4 del ROF ante el Pleno Municipal, para hacer constar:

Según Certificado, del Secretario Accidental de este Ayuntamiento D. Emilio Manzaneque Benito en Septiembre de 1957, en acta de 28 de Febrero de 1902 se da cuenta del acuerdo mediante el cual, D.Joaquín Candel cede a cambio de una subvención parte de su finca para su destino como calle pública, hasta ahora conocida como “Pasaje Candel”.

Por despacho extraordinario de 26 de Septiembre de 2005 se resolvió en Junta de Gobierno Local, el expediente de infracción urbanística por las obras realizadas en el Pasaje Candel reconociendo el exceso de altura de cornisa en un total de 80 cm. Infracción que se sancionó con la módica cantidad de 9.000 €. Acuerdo que fue recurrido en reposición por estos grupos políticos sin que hayan sido contestados hasta la fecha.

Conforme al Proyecto de obras presentado en este Ayuntamiento, la promotora tiene previsto realizar en el subsuelo, 6 trasteros, trasteros que ocupan el subsuelo de la via pública “Pasaje Candel”. Además, como denunciamos en sendos recursos de reposición existe una ocupación del suelo de dominio público por los pilares del edificio sin que se haya presentado contraprestación alguna por la empresa promotora. Estos hechos, a juicio de los dos grupos políticos, suponen un manifiesto perjuicio para los intereses de nuestra ciudad y por añadidura una manifiesta ilegalidad al ocupar sin contraprestación alguna, propiedad pública con fines privados.

Por otra parte, la última planta, planta ático, no ha respetado el retranqueo de fachada necesario de la altura inicial de fachada 1’20m. con pendiente del 40 % hasta la altura permitida. De nuevo esta construcción presenta un exceso que no ha sido evitado por el gobierno municipal.
Por todo lo expuesto, los Grupos Municipales del Partido Popular e Iniciativa Independiente proponen a este Pleno:

1.Que se realice una valoración por parte de arquitecto municipal (funcionario de carrera) del valor del suelo propiedad del Ayuntamiento en el Pasaje Candel.
2.Que se inicien los trámites para considerar de propiedad municipal los trasteros sitos en el subsuelo del Pasaje Candel, modificando a tal efecto los inventarios de bienes municipales, sin que quepa compensación alguna ni económica ni de ninguna otra índole que cambie la titularidad de esta propiedad.
3.Que se vuelva a incoar expediente administrativo sancionador a esta empresa por los excesos constructivos mencionados y otros que se pudieran detectar para que se modififique la estructura de la planta ático construyéndose conforme a las Ordenanzas Municipales, retranqueándose su fachada o construyéndola abuhardillada según convenga, sin perjuicio, de establecer una nueva sanción por todos los excesos constructivos.
Villena, a 10 de abril de 2006

Fdo. D. Antonio García Agredas Dña. Celia Lledó Rico
Portavoz Grupo Municipal de Iniciativa Portavoz Grupo Municipal
Independiente Partido Popular

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA M.I. AYUNTAMIENTO VILLENA

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MOCIÓN

Que eleva el GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR ante el Pleno Municipal, para hacer constar:

Si nos situamos en el Paraje Hondo de Carboneras recordaremos que hace unos quince años debido a unas fuertes lluvias acaecidas en el mes de septiembre, se produjo una gran inundación que duró varios meses, puesto que la salida natural de las aguas en esta zona es a través de una acequia que desciende hacia la Colonia de Santa Eulalia, la cual se encontraba obstruída totalmente.

Por todo lo expuesto el Grupo Municipal del Partido Popular propone a este Pleno:

– Que por parte de la Concejalía de Agricultura disponga de lo necesario para tener limpia esta acequia ya que en estos momentos se encuentra llena de carrizo, incluso debajo del puente del canal de agua, por lo que se puede producir un taponamiento en el supuesto de unas fuertes lluvias, quedando tapada la única salida del agua llegando nuevamente a producirse un episodio similar al ya acaecido.

Villena, a 10 de abril de 2006

Grupo Municipal del Partido Popular

SRA. ALCALDESA- PRESIDENTA DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE VILLENA

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MOCIÓN

Que eleva el GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR ante el Pleno Municipal, para hacer constar:

El debate actual sobre el Proyecto de Estatuto de Empleado Público es de gran importancia para los españoles porque recae sobre una de las materias que son competencia exclusiva del Estado y por tanto simboliza la igualdad de los españoles y la cohesión de los territorios.

El establecimiento de un régimen básico y común entre las distintas Administraciones Públicas españolas es garantía de la objetividad, imparcialidad, independencia y transparencia con que los poderes públicos deben actuar frente al ciudadano.

Sin embargo, el Estatuto Básico que nos presenta el Gobierno no va a ser de aplicación a todas las Comunidades Autónomas. Así, el proyecto de Estatuto de Autonomía de Cataluña en su artículo 136 atribuye a la Generalitat la competencia exclusiva sobre el régimen estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas catalanas.

Un nivel de exigencia homogéneo en cuanto a la profesionalidad, publicidad, mérito, capacidad y movilidad, que obligue por igual a los empleados públicos, independientemente del lugar en el que presten sus servicios, es condición indispensable para generar confianza en la sociedad y seguridad en las relaciones jurídicas. Admitir la posibilidad de que se creen tantos modelos de función pública como administraciones hay en España no es otra cosa que sembrar el caos y el desconcierto.

El modelo de Función Pública presentado supone la quiebra de la actual organización territorial configurada en la Constitución de 1978 a tenor del texto articulado del Estatuto de Cataluña, aprobado por la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados el pasado 21 de marzo, generándose con ello una incoherencia en el desarrollo de la legislación básica en materia de Función Pública.

Así se dará la paradoja de que una misma función en dos Ayuntamientos vecinos tendrá diferente tratamiento económico, profesional y social pero sin ninguna de las ventajas que proporcionarían las condiciones de movilidad y de igualdad en los derechos profesionales de un sistema común. Las consecuencias negativas de este Proyecto serán agravios comparativos, clientelismo y en definitiva el deterioro de los servicios públicos.

Por ello, se somete a la consideración del Pleno la aprobación de los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Rechazar el texto del Proyecto de Estatuto Básico del Empleado Público propuesto por el Ministro de Administraciones Públicas porque no va a ser de aplicación por igual en todas las CC.AA. ni en todos los Entes Locales, y porque acarrea importantes desigualdades y lagunas jurídicas en:

Ámbito de aplicación
Ordenación de la Función Pública
Sistema retributivo
Derechos y deberes
Sistema de acceso
Negociación colectiva.

SEGUNDO.- Exigir al Ministro que se lleve a cabo una regulación específica de la Función Pública Local que establezca el mismo régimen de derechos y obligaciones con independencia de la Comunidad Autónoma, tal y como la propia Federación Española de Municipios y Provincias le ha pedido.

TERCERO.- Proponer al Ministro que retome el Anteproyecto de Estatuto Básico de Función Pública negociado y acordado en el año 1999 con todas las Comunidades Autónomas presentes en la Comisión de Coordinación de Función Pública, con las organizaciones sindicales más representativas (Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores y Central Sindical Independiente y de Funcionarios) y con la Federación Española de Municipios y Provincias, empleando como inicio de los trabajos el texto que ya fue informado favorablemente por el Consejo de Estado.

CUARTO.- Enviar copia de estos acuerdos al Ministro de Administraciones Públicas, y a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios de las Cortes y de la Cámara Autonómica.

Villena, 10 de Abril de 2006

Grupo Municipal del Partido Popular

SRA. ALCALDESA- PRESIDENTA M.I. AYUNTAMIENTO DE VILLENA


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