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Villena

Los No Adscritos pretenden impugnar los acuerdos de las comisiones informativas

Sra. Secretario Municipal:

Teniendo conocimiento de la celebración, en el día de hoy, de las pertinentes Comisiones Informativas previas al Pleno Municipal del mes de febrero y no habiendo sido convocados a este órgano ningún Concejal no adscrito de esta corporación, entendemos vulnerados nuestros derechos y deberes como Concejales del M.I Ayuntamiento de Villena ya que, como usted indica en su informe del día 18 de Febrero, estos no deben verse alterados por la condición de ser miembros no adscritos.

Por otra parte y tal y como se recoge en otro momento de su informe, “ según la STS de 16 de enero de 1987, las Comisiones Informativas son órganos sólo en sentido impropio y en realidad meras divisiones internas del Pleno, por lo que la STC de marzo de 1985 entendió que las Comisiones Informativas debían reproducir la composición del Pleno, además de contemplar el derecho corporativo del no adscrito a intervenir no sólo en las votaciones sino a tener voz en los debates de Pleno, la misma razón nos lleva a sostener que el concejal no adscrito tiene derecho a participar en las deliberaciones de las Comisiones Informativas y demás órganos complementarios.

El informe prosigue indicando que “conforme a la STC 163/1991, quienes tienen derecho de voto han de ser objeto de trato en iguales condiciones de acceso al conocimiento de los asuntos y de participación en los distintos estados del proceso de decisión. Por lo que no cabe negar el derecho al no adscrito a participar en las Comisiones Informativas, cuyos debates forman parte del proceso de decisión a adoptar, en su momento por el Pleno”.

También es clara la “Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2001, en relación con las Comisiones Informativas Municipales establece que una consolidada jurisprudencia tiene declarado que una composición no proporcional de las mismas resulta constitucionalmente inaceptable, al tratarse de divisiones internas del Pleno, por lo que en cuanto partes de éste deben reproducir, la estructura política del Pleno Municipal, pues de otro modo, no solo se eliminaría toda participación de los Concejales de la minoría en un estadio importante del proceso de decisión, sino que se hurtaría a la minoría incluso la posibilidad de participar con plena eficacia en el estudio final de la decisión, privándole del tiempo necesario para el estudio en detalle de los asuntos o de la documentación que ello requiere”.

Por todo lo anteriormente expuesto, los Concejales que suscribimos este escrito, SOLICITAMOS, la SUSPENSIÓN de la celebración de las tres Comisiones Informativas Municipales permanentes previstas para el día de hoy como antesala del Pleno, hasta que por parte de los estamentos correspondientes no se garantice la participación y la proporcionalidad de los Concejales no adscritos en consonancia con lo manifestado en este escrito.

De no ser escuchados nuestros razonamientos, basados estos en el informe emitido por la Secretaria Municipal y entendiendo que estas Comisiones se celebrarían nulas de pleno derecho, nos veríamos obligados a impugnar los acuerdos y dictámenes que en ellas se tomen.

Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente.

Virtudes Amorós Revert Juan Carlos Pedrosa Mira

Mª Paz Poveda Hernández Juan Fco. Richart Forte

Mª Adela Serra Morillas


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