Como es sabido, en la Audiencia Provincial se sigue Procedimiento Penal contra el Concejal de este Ayuntamiento, D. Juan Francisco Richart Forte, procedimiento núm. 96/2011 de la Sección Tercera, por delito de prevaricación, al haber concedido este Concejal la suspensión de una infracción urbanística de su propia casa de campo.
El Ayuntamiento de Villena, por acuerdo de Junta de Gobierno de 17 de febrero de 2010 a la vista de las actuaciones de este Concejal, decidió remitir el expediente al Fiscal anticorrupción y posteriormente, nombró a un abogado de Villena para personarse como acusación particular.
El ayuntamiento de Villena de conformidad con los informes jurídicos existentes sobre este tema, una vez personado como acusación particular y viendo indicios de responsabilidad criminal de Juan Francisco Richart Forte, solicitó para éste la pena de diez años de inhabilitación especial para empleo y cargo público.
Con el cambio de Corporación y pasar este Concejal a ser socio del tripartito del gobierno parece que el Ayuntamiento ha cambiado de parecer, sustituyendo al abogado nombrado inicialmente por un gabinete de Valencia.
Desde el Partido Popular de Villena creemos que la posición del ayuntamiento en esta causa no debe ser alterada, puesto que aunque Juan Richart sea socio de gobierno, si ha cometido un delito debe ser perseguido igualmente, puesto que es obligación de la Corporación defender el interés general.
Nos preocupa que el Ayuntamiento haga dejación de su deber de depurar responsabilidades y que verdaderamente no ejerza la acusación particular tal y como inicialmente fue planteada, protegiendo a un Concejal que se presume ha cometido prevaricación.
Por todo ello, proponemos al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
1 º Ratificar el acuerdo de Junta de Gobierno Local de 17 de febrero de 2010 por el que a la vista de los indicios de criminalidad de D. Juan Francisco Richart Forte se acordó remitir actuaciones a la Fiscalía Provincial.
2º Que el Ayuntamiento de Villena siga ejerciendo en el P.A. 96/2011 seguido en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante su posición de acusación particular exigiendo la inhabilitación especial de Juan Francisco Richart para empleo y cargo público por 10 años.
3 ºQue se dé traslado de este Acuerdo a la Fiscalía Provincial y a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, así como a los abogados contratados para este proceso.
No obstante el Pleno Municipal con su superior criterio resolverá.


