INFORMACIÓN IMPORTANTE DE LA Concejalía Comercio y Consumo del Ayuntamiento de Ibi SOBRE LOS BONOS COMERCIO E IRPF. RENTA 2022.
Los BONOS COMERCIO concedidos al consumidor son una ayuda que estará sometida al IRPF. Avisamos que se trata de una nota meramente informativa, por lo que el caso de cada persona deberá consultar ante la duda con la Agencia Tributaria o bien con un asesor.
«La cantidad SUBVENCIONADA con el BONO COMERCIO tendrá la consideración de ganancia patrimonial a los efectos del IRPF del consumidor beneficiario y, como tal, habrá de declararla en su IRPF (artículo 33.1 de la LIRPF).
Por otra parte, y en cuanto a la obligación de declarar, si el contribuyente solo hubiese obtenido rendimientos del trabajo de un pagador por importe inferior a 22.000 euros, y al no alcanzar los 1.000 euros de ganancia de dicha ayuda, no tendrá obligación de presentar declaración de la renta, de conformidad con el artículo 96.2 de la LIRPF. «


