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Villena

Bando Municipal sobre las Medidas Sanitarias de las Fiestas Patronales

Bando Municipal sobre las Medidas Sanitarias de las Fiestas Patronales

Acercándose las fechas de la celebración de las fiestas patronales del municipio, cuyos
actos oficiales han sido suspendidos por acuerdo del Pleno con motivo de la crisis sanitaria derivada de la pandemia por COVID-19, se considera oportuno recordar a la población la normativa y protocolos vigentes en este momento, derivados de las sucesivas decisiones adoptadas por las autoridades sanitarias competentes en función de la evolución de la pandemia.

No se incluyen en esta nota las normas aplicables a las actividades, espectáculos o
establecimientos públicos o que tengan aprobadas unas normas específicas aplicables en
su ámbito respectivo (actividades recreativas, deportivas, docentes, religiosas, sanitarias, etc.)

A) Eventos familiares se RECOMIENDA en agrupaciones familiares y sociales en el
ámbito privado
– limitar a un máximo 10 personas
– limitar encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable

B) Organización de eventos y actividades multitudinarias de cualquier tipo, y
organización de actos festivos, encuentros o acontecimientos populares por parte de
asociaciones culturales o similares (se entienden comprendidos en este punto los
eventos que tradicionalmente se celebran durante estas fechas en las sedes festeras
clasificadas como grupo B y en los locales de ocio regulados por la ordenanza
municipal del Ayuntamiento de Villena – BOP Alicante 16/08/2020 -, e incluso a otro
tipo de eventos sociales de similares características en locales aunque no estén
inscritos en el registro de locales de ocio regulado en dicha ordenanza).

 Si no está previsto que la afluencia supere las 50 personas: no es necesaria
comunicación al Ayuntamiento, pero sí se aplicarán las medidas comunes
para acontecimientos populares, tanto en espacios al aire libre como en
lugares cerrados.

 Si está previsto que la afluencia sea superior a 50 personas: se supedita la
celebración a la previa puesta en conocimiento por parte de las personas
organizadoras al Ayuntamiento (indicando tipo de evento. Lugar de celebración, aforo máximo, control de asistentes, medidas de higiene implantadas, etc.).

 Si está previsto que la afluencia supere las 150 personas: es preceptiva la obtención previa de autorización del Ayuntamiento, que resolverá en base a la situación epidemiológica del momento y del establecimiento por parte de la organización de las suficientes medidas de seguridad de acuerdo con las especificaciones y exigencias técnicas vigentes.

 Si está previsto que la afluencia sea superior a 400 personas, además será necesaria una evaluación del riesgo sanitario y, en función de la misma, contar con la autorización de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, que resolverá en base a la situación epidemiológica del momento, las características del evento y la capacidad para la adopción de medidas de prevención y control.

MEDIDAS OBLIGATORIAS PARA TODOS LOS ACONTECIMIENTOS POPULARES
(tanto en espacios al aire libre como en lugares cerrados)

– se establecerá la delimitación del espacio máximo con un límite de aforo del
75 por cien.

– Asimismo, se han de señalar los lugares donde pueden situarse las personas participantes y los lugares que han de permanecer libres para asegurar el cumplimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, excepto en el caso de convivientes.

– El uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento.

– Se facilitará a las personas asistentes geles hidroalcohólicos desinfectantes
por la organización. Además de ello, en caso de que en el evento se sirvan alimentos/bebidas se aplicará protocolo sanidad 20/08/2020:

– Los organizadores deberán disponer de un listado de asistentes al evento y medio
de contacto disponible (móvil, mail) cumpliendo con las normas de protección de
datos de carácter personal. Estos listados se pondrán a disposición de las autoridades
sanitarias si así lo requiriesen.

– Se deberán señalar los espacios comunes mediante marcas de espera para facilitar
el mantenimiento de la distancia física interpersonal. En el caso de realizar servicio en
barra, señalizar con marcas en el suelo las distancias de seguridad tanto para los
clientes que estén en la barra, como para los clientes que estén esperando a ser
atendidos, para evitar aglomeraciones.

– La distancia física entre mesas, o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros.
Esta distancia de 1,5 metros deberá estar medida entre las personas más próximas de
las diferentes mesas o agrupaciones de mesas.

– La ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas será de 10 personas. Se
recomienda facilitar la agrupación de convivientes, intentando en la medida de lo
posible evitar grupos de personas no convivientes y mesas solo para niños.

– El consumo de pie, o en barra se efectuará en todo momento respetando la
distancia interpersonal 1,5 metros.

– Se deberá señalizar la ocupación máxima permitida en los aseos dependiendo de
las características de los mismos.

– Los eventos podrán realizar su actividad hasta la 1:00 h como máximo, incluyendo en dicho horario máximo cualquier otra actividad que se desarrolle como apoyo o complemento a
los citados eventos.

– Durante la celebración de los eventos no está permitido el baile. En el caso de que
el evento se trate de una ceremonia nupcial, estará permitido el baile de los novios/as.

– Uso de mascarilla obligatoria para las personas trabajadoras y asistentes al evento
(excepto en el momento en que se esté consumiendo)

– No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados, incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo.

– Dispositivos con gel hidroalcohólico situados en la entrada y a ser posible distribuidos en otras ubicaciones de manera que puedan ser utilizados con la frecuencia suficiente.

– Se deberá disponer de papeleras con pedal y tapa para poder depositar el material
desechable.

– Se recomienda evitar el servicio de cocktail de manera previa al banquete por la dificultad que supone respecto al uso de mascarilla y mantenimiento de la distancia de seguridad. En caso de realizarse, se recomienda que sea asistido estableciendo puntos de
entrega diversos para evitar una excesiva concentración de personas, evitando
mesas con snacks no envasados o platos compartidos. Durante el servicio de cocktail
los clientes deberán ir con mascarilla (excepto en el momento del consumo de
alimentos o bebidas) y deberán respetar la distancia de seguridad interpersonal.

– Evitar la preparación de las mesas con mucha antelación. El personal que acondicione las
mesas de los comensales deberá ir protegido con mascarilla y deberá de
higienizarse las manos con frecuencia.

– Se evitarán los platos compartidos, priorizando los platos con raciones individualizadas. Reforzar los protocolos de limpieza y desinfección, especialmente en lugares de uso común como los aseos.

– Servicio de barra libre tras el banquete. Se recomienda optar por un servicio en mesa (el camarero toma nota y lo sirve en la mesa de los comensales) Si se realiza el servicio
en barra, se organizará de manera que permita mantener una distancia de 1,5
metros entre personas.


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