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Villena

LA PLATAFORMA DICE QUE EL INFORME DEL CONSELL DE CULTURA ES UN «CACHETE» PARA EL TRIPARTITO

LA PLATAFORMA DICE QUE EL INFORME DEL CONSELL DE CULTURA ES UN "CACHETE" PARA EL TRIPARTITO

1.- La sentencia del recurso contencioso nº 223/06, no es firme aún, dado que nos encontramos en plazo para interponer recurso de apelación, lo cual vamos a hacer.

2.- La sentencia declara la inadmisibilidad del recurso por entender que el acto recurrido, -acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 5-7-2.004, por los que se encargó a los técnicos municipales el proyecto de demolición del graderío de la plaza de toros, es un acto de trámite y no definitivo. Es decir que la sentencia, no ha entrado en el fondo de la cuestión discutida, se limita a indicar que, por el momento, el acto indicado no es admisible. Ello no es óbice, para que pueda recurrirse, cualquier acto posterior que pudiese acordar el Ayuntamiento tendente a la demolición del indicado edificio.

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3.- El Ayuntamiento, cuando notificó a la Plataforma el acto administrativo, hacia dación, expresa, de que contra el mismo podía interponerse recurso contencioso-administrativo; que fue lo que se hizo. De existir un error, este sería municipal, no de la Plataforma.

4.- Si tenemos en cuenta que el edificio de la Plaza de Toros se encuentra catalogado en el Plan General; y que, además, existe una sentencia anterior, del mismo Juzgado, dictada en el recurso contencioso nº 416/05, a instancias de la Plataforma, y que con motivo de ésta, -cuando sea firme, puesto que está recurrida-, el Ayuntamiento tendrá que continuar con la tramitación del expediente del citado edificio, también, como Bien de Relevancia Local, entendemos que el Ayuntamiento no puede proceder a su demolición, por el momento puesto que, caso contrario podría incluso incurrir en delito.


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